Puntos de intercambio de internet (IXP) y Centros de Procesado de Datos (CPDs)

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Solicitud telemática remitida al Ministerio

Comunicación al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones establece en su artículo 6 punto 8 "también deberá comunicarse al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital la instalación o explotación de los puntos de intercambio de internet (IXP) ubicados en territorio español, a efecto de poder conocer y analizar la capacidad global de gestión y transmisión de todo el tráfico de comunicaciones electrónicas con origen, tránsito o destino en España."

Adicionalmente, el artículo 9 de la Ley 11/2022 establece en su punto 1 "El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrán, en el ámbito de su actuación, requerir a las personas físicas o jurídicas que suministren redes o presten servicios de comunicaciones electrónicas, recursos asociados, servicios asociados e infraestructuras digitales, incluyendo los puntos de intercambio de internet (IXP) y centros de proceso de datos (CPD), en especial en éstos últimos, los que estén directamente vinculados al suministro de redes o a la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas"

Acceso mediante el servicio de identificación

Para realizar correctamente la firma electrónica de la solicitud telemática deberá tener instalado en su equipo el cliente de Autofirma.